El proceso de un control de drogas en carretera

La Dirección General de Tráfico tiene previsto realizar en 2016, casi un 40% de pruebas más que el año pasado. Éste es el procedimiento:

– Prueba de alcoholemia y muestra de saliva.

– En el caso de que el test sea positivo, se realiza una segunda muestra de saliva. En este caso, al igual que en la prueba de alcoholemia, el conductor no puede ponerse al volante.

– Si lo prefiere, puede esperar y someterse a otra prueba pasado un tiempo. Esta segunda muestra se envía al laboratorio toxicológico, con garantía de custodia, para garantizar que durante el transporte no sufre ninguna manipulación. Allí, se realiza la prueba ‘evidencial’, es decir, se confirman la sustancia o sustancias consumidas y la cantidad.

– También se recogen los signos externos d el conductor, siguiendo un cuestionario previo, como: nerviosismo, sudoración, euforia, dificultad al hablar, temblores…

– El conductor también puede solicitar que se le realice un análisis de sangre como prueba de contraste, que se realizará por personal sanitario en un centro hospitalario. Si el resultado es positivo, el conductor pagará su coste.
– Los resultados del laboratorio toxicológico se suman al informe  de la Guardia Civil y se incoa el correspondiente expediente, vía administrativa o vía judicial.

– La Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción bajo los efectos de las drogas. Si el conductor da positivo, pero no presenta síntomas evidentes, la sanción es administrativa con una multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir.

– Si da positivo en el test de saliva y el conductor tiene algún síntoma de estar bajo la influencia de drogas tóxicas, se enfrenta a un delito tipificado en el Código Penal que establece penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses (que se concreta en una sanción cuya cuantía depende de la capacidad económica del infractor) o bien, la de trabajos en beneficio de la comunidad. En cualquier caso, se le retirará el permiso de conducir entre 1 y 4 años.

– Por otro lado, si el conductor se niega a someterse a los controles de alcohol o drogas, será castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años, según recoge el Código Penal.

 

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